Tarija, Red ACLO: La disposición final primera del proyecto de ley dice que: Una vez aprobada la modificación de los parágrafos II y Ill del Artículo 118 de la Constitución Política del Estado mediante Referendo Constitucional Aprobatorio, la Asamblea Legislativa Plurinacional en el plazo máximo de ciento veinte (120) días calendario deberá realizar las modificaciones normativas necesarias para la implementación de la prisión perpetua como sanción máxima en los delitos de infanticidio y violación de niñas y niños.
La senadora Nelly Gallo, de la bancada de Comunidad Ciudadana (CC), manifestó que esta propuesta de normativa fue presentada el pasado 12 de abril.
Si bien el proyecto de Ley tiene una finalidad punitiva contra los delitos de infanticidio y violación de niñas y niños ¿qué hacer en el tema preventivo? respondiendo la entrevistada que “es esencial que las políticas de estado puedan tener más énfasis en los temas preventivos, no solamente en hechos de violaciones, sino también en feminicidios, robos y otros delitos”.
Otro aspecto que se enfatiza en el proyecto de Ley, es que esta establece que para la implementación de la referida sanción en el delito de violación de niñas y niños se deberá realizar según corresponda la separación, incorporación y/o modificación al tipo penal actual establecido en el artículo 308 bis (Violación Infante, Niña, Niño o Adolescente) del Código Penal, para que esté armonizada con la nueva redacción del texto constitucional.
CRCH/Radio ACLO Tarija